Vacaciones estando de baja médica

Con la llegada del verano aumenta el índice en el que l@s trabajadores/as disfrutan del tiempo vacacional. En este artículo vamos a ver qué ocurre en caso de que se quiera disfrutar de las vacaciones y nos encontremos ante una situación de Incapacidad Temporal (IT), es decir, tiempo que un trabajador/a necesita para recuperarse de un problema de salud, y se encuentra imposibilitado para desempeñar las funciones de su puesto de trabajo.

Estando de baja médica, ¿puedo irme de vacaciones?

Como punto de partida debemos de identificar el régimen de la Seguridad Social donde esté encuadrado el/la trabajador/a ya que atendiendo esto será el que rija sus derechos en un contexto de baja médica.

De acuerdo con el ordenamiento jurídico en España, un/a trabajador/a puede realizar un desplazamiento a otro lugar y una estancia donde el interesado considera durante el periodo de baja médica. No hay prohibiciones, en este sentido. Sin embargo, la Seguridad Social está atenta a esta posibilidad. Y es que en ningún caso tal desplazamiento puede suponer un riesgo para el trabajador en su proceso de recuperación. 

Bajo dicha premisa, el Estado, en la Ley General de la Seguridad Social, se guarda la opción de retirar la prestación por incapacidad temporal a aquellos trabajadores que no respeten su recuperación y se atengan a riesgos que mermen el proceso o abandonen los tratamientos médicos correspondientes sin justificación. El trabajador/a debe de priorizar su recuperación atendiendo a todos los medios sanitarios facilitados para su correcta recuperación. Ya que el saltarse los mismos y faltas a revisiones médicas pueden conllevar la denegación, anulación o suspensión del subsidio.

El Abogado Laboralista

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