Hasta el año 2027 la edad ordinaria de jubilación va aumentando, momento en el que ésta será ya posible a partir de los 67 años.

Pero centrémonos en 2024:

  • Podrás jubilarte a los 66 años y 6 meses, salvo que tengas cotizados más de 38 años, en cuyo caso podrás jubilarte ya con la edad de 65.
  • Al menos deberás tener cotizados 15 años durante toda tu vida.
  • Deberás tener al menos dos años cotizados en los 15 previos a la jubilación.
  • Para poder jubilarse se deben haber cotizado al menos 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.

¿Y qué cuantía me corresponderá?

  • Ésta se calcula teniendo en cuenta:
    • Una BASE REGULADORA: Se obtendrá sumando las bases de cotización de los últimos 25 años (actualizadas) y se dividirá entre 350.
    • Un PORCENTAJE: Para los primeros 15 años cotizados se aplica un 50% y a partir del 16º se incrementará en un 0,21% por mes por los primeros 49 meses y en un 0,19% por mes por los 209 meses siguientes. Como ejemplo, para jubilarte en 2024 con el 100% de la Base Reguladora, deberás tener cotizados 36 años y medio.

¿En cuántas pagas?

  • Tendrás derecho a 12 mensualidades ordinarias MÁS dos Pagas Extraordinarias.

¿Está sujeta a IRPF?

  • Sí, efectivamente, en función del bruto anual, el INSS procederá a retenerte sobre tu pensión el % que la normativa tributaria de la Renta exige.

¿Qué plazo tengo para solicitarla y dónde?

  • Durante los 90 días previos y 90 días posteriores, a la fecha de cumplimiento de la edad.
  • Ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, bien presencial o telemáticamente.

El Abogado Laboralista

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