incapacidades

Incapacidades Seguridad Social

No siempre nuestra Administración Pública, reconoce fácilmente situaciones de Incapacidad que impiden a los trabajadores continuar con su actividad profesional, por ello le asesoraremos en la forma de proceder ante las numerosas situaciones que nos podemos encontrar, entre ellas un alta médica indebida o falta de reconocimiento de una incapacidad permanente.

En El Abogado Laboralista trabajamos en la resolución de conflictos relacionados al derecho laboral en los ámbitos de:

Impugnación Altas Médicas

Un proceso de Incapacidad Temporal no siempre finaliza con una total recuperación, sino que a veces nos encontramos sorpresivamente con Altas médicas cuando el trabajador aún está convaleciente o sin haber recuperado totalmente sus aptitudes. A través del procedimiento específico, dichas altas médicas podrán impugnarse a fin de intentar hacer valer la imposibilidad médica para trabajar.

Determinación de Contingencias

La casuística más alta se corresponde con calificaciones por parte de las Mutuas de AT y EP de procesos que realmente tienen un trasfondo en el trabajo, sin embargo lo intentan canalizar como patologías comunes. Por ello, el INSS tiene establecido procedimiento particular para valorar la realidad y origen de las lesiones.

Incapacidad Permanente

Es uno de los procedimientos más habituales en esta área, por el cual a pesar de las limitaciones para desarrollar la profesión en cuestión, cronicidad y entidad de las mismas, la Administración no califica adecuadamente el grado de incapacidad o incluso procede al alta médica. Por tal motivo nos tendremos que valer de pruebas, informes y valoración en conjunto del total de patologías, para llevarnos a una declaración de Incapacidad Permanente, ajustada a derecho.

Prestaciones asistenciales

La regulación en cuanto a las fórmulas de cálculo de las prestaciones de seguridad social, son fuente en ocasiones de contingencias ante errores administrativos, faltas de alta, infracotización, etc… por ello la pertinente revisión y reclamación en caso de incidencias harán que finalmente las cuantías compensatorias estén conforme a la legalidad.