registro jornada

Registro de jornada

Como consecuencia de la entrada en vigor del RD-Ley, de 8 de marzo, quedó regulado el registro horario en el puesto de trabajo. Con tal fin de controlar que se cumple el tiempo de trabajo estipulado en los contratos de trabajo, así como el número de horas extraordinarias que no supere el máximo permitido.

¿Es obligatorio registrar la jornada?

Desde la entrada en vigor del RD-Ley mencionado anteriormente muchas empresas optaban por el registro del horario del trabajador en una simple hoja de papel en la que firmaba al entrar a su puesto de trabajo.

Bien, la Sentencia de la Audiencia Nacional publicada el pasado 15 de marzo de 2022 dictamina que el registro de la jornada firmado en un papel no era válido, y que, por tanto, no se llega a cumplir con el deber de que todas las empresas cumplan con el registro diario de la jornada de manera leal y segura con el registro de la hora de entrada y salida.

Dicha Sentencia va dirigida haciendo mención sobre unos 1200 trabajadores del personal de trenes de larga distancia, más en concreto al personal de a bordo de trenes RENFE. Haciendo mención a que en cuya cabina la empresa dispone un papel para que los empleados firmen al iniciar la jornada y en el que aparecen el tiempo fijo ESTIMADOS de inicio y fin de la jornada, siendo NO REALES. Desencadenando por ello, que el problema a todo esto no es el registro en papel, sino que no se refleja la jornada real de trabajo.

La Magistrada de la Sala de los Social de la Audiencia Nacional aclara que la normativa precisa que la normativa no aclara cuál debe ser el soporte en el que deben conservarse estos registros, pero, sí debe de llevarse a cabo en papel o en algún soporte que conserve estos registros.

El registro de jornada en papel o en Excel es totalmente válido (Firmado), recomendándose por nuestro despacho que esté al día y a disposición, en su caso, de la Inspección de trabajo, debiéndolo conservar al menos durante 4 años.

En definitiva, lo que debe existir es un medio en papel, informático u otros (lectura de huellas, fichajes por códigos, etc…), que acredite la realidad por la cual se “ficha” a la entrada y salida en el trabajo.

 

El Abogado Laboralista

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